Noticias de aranceles

Fraude al consumidor en los aranceles de fusión y reestructuración bancaria

Una práctica abusiva registral muy frecuente consiste en cobrar aranceles registrales por las operaciones de fusión y reestructuración bancaria, cambio de denominación y otros similares. Estas facturas son ilegales.

Conviene recordar dos cosas:

La primera, que el Decreto-Ley 18/2012, de 11 de mayo estableció que las transferencias de titularidad por fusiones y reestructuración de bancos realizadas (ventas a sociedades de activos tóxicos, etc) no devengan arancel. En este sentido la Resolución de 29 de julio de 2014 que se adjunta.

La segunda es que todas las operaciones registrales de los bancos hay que facturarlas al banco y no al cliente o consumidor, porque los costes bancarios no pueden desplazarse a éste, según el art. 89 de la Ley de Consumidor. Es decir, aunque tales operaciones devengaran arancel, es un fraude registral al consumidor facturar esos importes al cliente bancario.

Se trata de una práctica abusiva muy frecuente, sobre todo en cancelaciones de hipoteca, donde se incluyen conceptos de este tipo en la factura del propietario que quiere sacar la carga del registro. Los registradores saben que los bancos no se las pagan y por esta razón se las colocan al consumidor por el sistema PSC (por si cuela).

Tened mucho cuidado.

Adjuntos:
ArchivoDescripciónTamaño
Descargar este adjunto (RDGRN 29 julio 2014.pdf)RDGRN 29 julio 2014.pdf 544 Kb
   

EL COLEGIO DE REGISTRADORES TRATA DE ENGAÑAR A LOS RECURRENTES DE FACTURAS DE CANCELACIONES

La Dirección General de los Registros y del Notariado en más de 30 resoluciones ordena cobrar 2,40 euros por cada cancelación de hipoteca. Por el contrario, la Resolución administrativa del Colegio de Registradores, (CORPME), que resuelve un recurso en primera instancia confunde a los recurrentes, indicando que la cantidad a cobrar establecida por la DGRN es de 24,04 euros. Al asegurar que esa es la posición de quien resuelve ese recurso en apelación, esto es, la Dirección General de Registros, desincentiva recurrir en apelación contra esa decisión. Esta maniobra supone una carta blanca para que los registradores multipliquen por diez el tope máximo legal que pueden percibir.

Mariano Rajoy debe responder en la Subcomisión de Vivienda para la reforma hipotecaria que se ha creado en el Congreso de los Diputados,  si en su Registro de la Propiedad de Santa Pola se están cobrando las cancelaciones conforme al precio legal (2,40 euros) o conforme al abuso de 24,04 euros o cualquier otra cantidad superior. El techo de gasto público propuesto por Rajoy para cuando sea Presidente, necesita, para ser creíble, que comience por exigir que en su Registro de Santa Pola y en los recursos resueltos por su amado Colegio de Registradores se aplique el techo legal de 2,40 euros para el cobro de cancelaciones.

Si les parece increíble, continúen leyendo este informe que hemos elaborado para protegerles del último ingenio del lobby registral.

   

Los Registradores continúan aplicando irregularmente el arancel en las cancelaciones de hipoteca

El lobby registral ha declarado, bajo el paraguas de su líder el Registrador popular Mariano Rajoy, su total insumisión a la Ley 41/2007 que fijó el arancel máximo de cancelación de hipoteca en 2,40 euros, en interreptación de la Dirección General y del TSJ de Madrid. Han pasado más de tres años y ese mandato legal sigue sin cumplirse. Se preguntarán cómo es posible semejante pulso al Estado por un colectivo de funcionarios llamados controladores registrales. Para dar respuesta a esta pregunta y para facilitar vuestras reclamaciones hemos preparado un modelo de recurso que se adjunta en archivo independiente, la STSJ de Madrid y un informe explicativo que podéis consultar “en leer artículo completo”.

   

¡Protégase del FLOTI, un agujero en su intimidad para enriquecer a los Registradores!

Los ciudadanos pueden hacer constar  su negativa a que sus datos personales y patrimoniales sean explotados comercialmente por  los registradores de la propiedad mediante el gigantesco supermercado de información registral habilitado en www.corpme.es a razón de 9,42 euros la nota.

   

Las fusiones de cajas y bancos son el “gordo de navidad” para los Registradores

Están cobrando por inscribir decenas de millones de euros sin respetar el tope arancelario de 2.187 euros por la inscripción de cada documento.

Los usuarios están pagando esos costes, porque las entidades bancarias trasladan esas facturas millonarias a los prestatarios, mediante condiciones generales predispuestas en cada préstamo.

El Ministerio de Economía tiene la competencia, según el Tribunal Supremo y la Ley de Tasas, para dictar una Instrucción de aplicación del arancel registral que aclare que ese tope de 2.187 euros es por documento y no por finca, como sostiene el lobby registral desde que Mariano Rajoy estaba sentado en el Consejo de Ministros.

 

   

STS 29-9-2009 Condena registrador por el delito de exacciones ilegales

La Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de septiembre de 2009 condena a un registrador de la propiedad que exige cantidades indebidas por aranceles o en cuantía superior a la legalmente establecida en un período de cuatro años. El TS considera que el delito está consumado con independencia del cobro efectivo de lo indebidamente solicitado. También le condena por delito contra la Hacienda Pública, por la elusión del pago de tributos durante dos ejercicios, ocultación de una parte sustancial de ingresos obtenidos del registro, deducción de gastos indebidos y omisión de retenciones a trabajadores. También trata cuestiones referentes a la infidelidad de custodia de documentos, y prevaricación administrativa.

Adjuntos:
ArchivoDescripciónTamaño
Descargar este adjunto (STS 29 SEPT 2009 EXACCIONES ILEGALES.pdf)STS 29 septiembre 2009 3506 Kb
   

La rebaja del Gobierno al arancel registral no alcanza a la información remitida por la web

El Real Decreto Ley de 20 de mayo aprobado por el gobierno de Zapatero no rebaja ni un céntimo de euro las ganancias obtenidas por los registradores, gracias al gigantesco negocio web de dar notas de información registral sobres nuestras propiedades, ni pone un límite a las facturas de más 10 millones de las antiguas pesetas por inscribir un solo documento. Tampoco se ha adoptado una reforma progresista en la distribución de los ingresos de los registros, poniendo fin a la anacrónica situación que supone que el registrador se lleve el 60% de las ganancias mientras que los 20 empleados del registro tengan que repartirse el 40% restante, a pesar de realizar más del 95 por ciento del trabajo de toda la oficina registral.

   

Nuevo FORO sobre las facturas excesivas de las cancelaciones de hipoteca en el Registro

¡Ojo! con las facturas registrales de las cancelaciones. Es práctica frecuente en muchos registros cobrar aranceles excesivos. Abrimos un FORO para intercambiar experiencias y comentarios.

En Aranceles te proporcionamos un modelo para recurrir 

   

Boicot arancelario a la actualización del registro de la propiedad al Catastro

 

LOS REGISTRADORES ESTÁN COBRANDO NUEVOS CONCEPTOS ARANCELARIOS SI EL CIUDADANO QUIERE ADAPTAR LA DESCRIPCIÓN DE LA FINCA AL CATASTRO.

El dueño de una finca aprovecha la firma de una compraventa o cualquier otra operación para hacer constar una rectificación de la descripción de la finca que o bien era errónea o bien ha sufrido cambios.

Si esta nueva descripción coincide con la descripción que consta en la inscripción catastral, entonces se produce la coordinación con el catastro.

Pero, ¿qué está ocurriendo cuando ese documento llega al Registrador de la propiedad para que éste practique la inscripción de la compraventa en el Registro con la nueva descripción de la finca?